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Recomendación VII: Establecer claras políticas de remuneración de los miembros del Órgano de Administración y gerentes de primera línea, con especial atención a la consagración de limitaciones convencionales o estatutarias en función de la existencia o inexistencia de ganancias
VII.1

Cumplimiento: Total

Informar o Explicar: En 2018 Pampa creó un Comité de Remuneraciones que asistirá al Directorio y/o la Asamblea en materia de remuneraciones del Directorio y la elaboración y seguimiento de políticas y/o planes de remuneración y/o beneficios para los principales ejecutivos de Pampa que sean miembros del Directorio.

 

VII.1.1

Cumplimiento: Total

Informar o Explicar: El Comité de Remuneraciones depende del Directorio de Pampa y cuenta con tres miembros titulares e igual o menor número de suplentes, los que no podrán ejercer funciones ejecutivas en Pampa. Actualmente, la mayoría de sus miembros son independientes.

 

VII.1.2

Cumplimiento: Total

Informar o Explicar: En la actualidad, el presidente del Comité de Remuneraciones reviste la calidad de independiente conforme los criterios establecidos por la CNV.

 

VII.1.3

Cumplimiento: Total

Informar o Explicar: Si bien los miembros del Comité de Remuneraciones no deben necesariamente contar en sus curriculums con una orientación o especialización en materia relativa a recursos humanos, los mismos acreditan suficiente idoneidad para ocupar los cargos a los cuales se los ha designado, contando los mismos con una vasta experiencia corporativa.

 

VII.1.4

Cumplimiento: Total

Informar o Explicar: La política que reglamenta las funciones del Comité de Remuneraciones establece que el mismo deberá reunirse al menos una vez por año y con mayor frecuencia, si las circunstancias así lo exigieren y fuera solicitado por cualquiera de sus miembros. Pampa considera suficiente esta periodicidad de reuniones a fin de dar cumplimiento con la principal función del Comité, que es asistir al Directorio en materia de remuneraciones.

 

VII.1.5

Cumplimiento: Total

Informar o Explicar: La política de Remuneraciones de Pampa establece que, anualmente, el Directorio propondrá a la Asamblea para su aprobación un monto global de remuneraciones a abonar a los miembros del Directorio, todo ello con la asistencia del Comité, no siendo las decisiones del mismo vinculantes.

 

VII.2 En caso de contar con un Comité de Remuneraciones:

VII.2.1

Cumplimiento: Total

Informar o Explicar: Siguiendo la política de Remuneraciones de Pampa, el Comité de Remuneraciones opina de forma previa que la remuneración de los miembros del Directorio sea acorde a las remuneraciones percibidas por Directores en compañías similares a nivel local y de acuerdo a las limitaciones establecidas por las leyes aplicables y las normas de la CNV.

 

VII.2.2

Cumplimiento: Total

Informar o Explicar: Ver respuesta en el principio VII.2.1 anterior.

 

VII.2.3

Cumplimiento: Parcial

Informar o Explicar: Ver respuesta en el principio VII.2.1 anterior.

 

VII.2.4

Cumplimiento: Total

Informar o Explicar: Tal como fuera mencionado en el principio II.1.1.4, Pampa cuenta con una política de empleos que describe los procesos de búsqueda, selección e ingresos, como los de renuncias y despidos, o modificaciones solicitadas, de manera que permita detectar, atraer y retener a las personas calificadas para cada posición teniendo en cuenta los requerimientos de cualquier empleado, independientemente de su categoría o puesto. La misma es gestionada por la dirección de recursos humanos y cada líder de área en particular.

 

VII.2.5

Cumplimiento: Total

Informar o Explicar: Tal como fuera mencionado en el principio VII.2.1 anterior, el Comité de Remuneraciones opina sobre los honorarios de los miembros del Directorio. El Comité de Remuneraciones no opina sobre remuneraciones percibidas por principales ejecutivos que no sean miembros del Órgano de Administración. Existe dentro de la organización un procedimiento coordinado por la dirección de recursos humanos por el cual, de forma anual, todo empleado es evaluado en relación con el desempeño de sus funciones y el cumplimiento de objetivos previamente pautados por sus superiores jerárquicos. En base al grado de cumplimiento de estos objetivos, entre otros factores, se determina una gratificación variable anual, eventuales ascensos y posibles ajustes salariales en función a parámetros del mercado y de criterios internos propios de la organización.

 

VII.2.6

Cumplimiento: Total

Informar o Explicar: Debido a su reciente creación, el Comité de Remuneraciones aún no ha informado sus acciones al Directorio. Más allá de esto, conforme el Reglamento del Comité el mismo reportará al Directorio sus conclusiones, recomendaciones y cualquier otra cuestión que estime necesario al menos una vez por año.

 

VII.2.7

Cumplimiento: Total

Informar o Explicar: Aún no se han celebrado Asambleas de Accionistas que aprueben remuneraciones desde la creación del Comité de Remuneraciones. Sin embargo, en el Reglamento del Comité se establece, entre las funciones de su presidente, el asistir a las reuniones de Directorio y las Asambleas en representación del mismo.

 

VII.3

Cumplimiento: Total

Informar o Explicar: No existe ninguna otra política relevante que no se haya mencionado previamente.

 

VII.4

Cumplimiento: Total

Informar o Explicar: No aplica.