Artículo 1.- Bajo la denominación de “Pampa Energía S.A.” (la “Sociedad”) continúa funcionando la sociedad anteriormente denominada como “Pampa Holding S.A.” y originalmente constituida como “Frigorífico La Pampa S.A.”
Artículo 2.- La Sociedad tiene su domicilio legal en la ciudad de Buenos Aires y podrá establecer sucursales o agencias así como fábricas o depósitos y otros establecimientos en cualquier parte de la República o del extranjero, asignando o no a los mismos un capital determinado.
Artículo 3.- La Sociedad durará hasta el 30 de junio de 2044, pudiendo prorrogarse este plazo por tiempo determinado por resolución de la Asamblea General de accionistas.
Artículo 4.- La Sociedad tiene por objeto llevar a cabo por si, por intermedio de terceros o asociada a terceros, por cuenta propia o de terceros, en el país o en el extranjero: (a) Industriales: 1) Operaciones destinadas a la generación, transformación, transmisión y distribución de energía eléctrica; 2) Explorar, explotar, catear, detectar, sondear y perforar yacimientos, áreas y/o pozos hidrocarburíferos y de cualquier otra naturaleza, como así también desarrollar actividades mineras en general; 3) comprar, vender, arrendar y explotar equipos de perforación, sus repuestos y accesorios y celebrar cualquier contrato, acto y operaciones que se vinculen con la extracción minera; 4) Elaborar, procesar, industrializar, comprar, vender, importar, exportar y transportar hidrocarburos y sus derivados, propios o de terceros, sean líquidos, sólidos o gaseosos; 5) Celebrar todo tipo de contratos de obras y/o servicios vinculados a las actividades anteriores; 6) Explotación en todas sus formas de establecimientos agrícolas y/o ganaderos, frutihortícolas, viñedos y olivares, cultivos forestales y/o explotaciones granjeras; y 7) Elaboración mediante cualquier tipo de proceso industrial de productos o subproductos agropecuarios y vitivinícolas. (b) Comerciales: Operaciones comerciales mediante la importación, exportación, compraventa, transporte y distribución de productos y mercaderías vinculados con la energía eléctrica, la producción minera, inclusive el ejercicio o desempeño de representaciones, comisiones, consignaciones y mandatos. (c) Financieras: Operaciones financieras en general; préstamos y/o aportes de capitales a particulares o empresas, para negocios realizados o a realizarse; otorgamiento de avales, garantías y fianzas a favor de terceros; compraventa y administración de acciones, títulos públicos, debentures y demás valores mobiliarios en cualquiera de los sistemas o modalidades creadas o a crearse, con excepción de las operaciones comprendidas en las prescripciones de la Ley de Entidades Financieras. (d) Inversión: Actividades de inversión en emprendimientos y en sociedades de cualquier naturaleza, de acuerdo con los límites fijados por la leyes y reglamentaciones vigentes y con sujeción a las mismas; podrá constituir o participar en la constitución de sociedades o adquirir y mantener participaciones accionarias en sociedades existentes o a crearse en la República Argentina o en el Exterior, participar en uniones transitorias, en agrupaciones de colaboración, joint ventures, consorcios. La Sociedad puede también con fines de inversión adquirir, desarrollar y enajenar muebles e inmuebles de cualquier clase así como también gravar los mismos y darlos y tomarlos en locación, concesión o leasing. (e) Servicios: Prestar servicios o mandatos para sí o a favor de terceros. Para su cumplimiento la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes y por este estatuto. Cabe aclarar que la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Pampa Energía del 11 de mayo de 2020 aprobó reformar el artículo 4 del Estatuto Social, encontrándose dicha reforma pendiente de inscripción ante la Inspección General de Justicia (IGJ).